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Duda planta flotante
Respuestas: 37    Visitas: 3764
#16
Y desde cuando no está permitida??

Es decir, lo mismo la tienen en stock desde antes de que se prohibiera su tenencia/venta. -huh.gif

Tampoco se como de taxativa es la ley. Es decir. Puede que tengamos un ejemplar de la planta o bicho que sea, y de repente cambia la ley.

Deberíamos deshacernos de todo ello al momento?

Pregunto desde la más absoluta ignorancia al respecto.

-hi.gif
#17
(29-01-2018, 02:43 PM)Mortimer escribió: Y desde cuando no está permitida??

Es decir, lo mismo la tienen en stock desde antes de que se prohibiera su tenencia/venta. -huh.gif

Tampoco se como de taxativa es la ley. Es decir. Puede que tengamos un ejemplar de la planta o bicho que sea, y de repente cambia la ley.

Deberíamos deshacernos de todo ello al momento?

Pregunto desde la más absoluta ignorancia al respecto.

-hi.gif

Según he estado leyendo esta prohibida desde el 2013, aquí puedes ver la actual legislación con dicha planta, en el caso de tenerla o de la venta no pone como se debería de actuar así que es un poco confuso
#18
(29-01-2018, 03:03 PM)HectorGa escribió: Según he estado leyendo esta prohibida desde el 2013, aquí puedes ver la actual legislación con dicha planta, en el caso de tenerla o de la venta no pone como se debería de actuar así que es un poco confuso

...pues lo mismo es eso...Sleepy
#19
Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-8565
Cita:Disposición transitoria quinta. Especies vegetales en posesión de particulares o ubicados en parques urbanos, jardines públicos o jardines botánicos.

Los ejemplares de las especies de plantas incluidas en el catálogo en posesión de particulares o ubicados en parques urbanos, jardines públicos o jardines botánicos, adquiridos antes de la entrada en vigor de este real decreto, podrán seguir siendo mantenidos por sus propietarios, localizados en recintos ajardinados, con límites definidos, y siempre que los ejemplares no se propaguen fuera de estos límites. En este supuesto, los poseedores adoptarán medidas de prevención adecuadas para evitar la propagación de los citados ejemplares al medio natural o seminatural y no podrán comercializar, reproducir ni ceder los ejemplares. En el caso de aquellos ejemplares de especies del catálogo localizados en parques o jardines públicos, especialmente los localizados en el dominio público hidráulico, las administraciones competentes eliminarán progresivamente, en los casos en que esté justificado, estas especies.

Y ya de paso algunas cosillas incluidas en la lista de indeseables

[Imagen: 240px-Cortaderia_selloana_A.jpg]
[Imagen: 1200px-Ailanthus_altissima_Arg.jpg]
[Imagen: agave_americana_marginata-830x622.jpg]
[Imagen: 250px-Opuntia_stricta_-_Para_Hills_surburban_weed.JPG]
[Imagen: Cef96_OW8AI2irN.jpg]
[Imagen: 000_1363a_resize.jpg]
[Imagen: zaaaaaaaa.jpg?itok=w8U0p582]
[Imagen: cotorrakramer2.jpg]
[Imagen: 1200px-Pseudorasbora_parva%28edited_version%29.jpg]
#20
¿Eso de la 4ª foto es una chumbera? -huh.gif
#21
Si parece si...

En cuanto a lo que ha puesto ArturoS...clarinete, clarinete -good.gif
#22
Hay mucho desconocimiento dentro del sector sobre el tema. Hace unos días me pasaron un listado de plantas en venta de un profesional que incluía unas cuantas ludwigias( prohibidas) así como otras flotantes también prohibidas. Al igual que los caracoles manzana( erroneamente prohibidos por haberlos confundido con otra especie, pero que están prohibidos al fin y a la postre). En Milamnuncios encuantras de todo, hasta gambas de agua dulce autóctonas, y protegidas, que venden muchos desaprensivos.
#23
(29-01-2018, 08:32 PM)Alberto1304 escribió: Hay mucho desconocimiento dentro del sector sobre el tema. Hace unos días me pasaron un listado de plantas en venta de un profesional que incluía unas cuantas ludwigias( prohibidas) así como otras flotantes también prohibidas. Al igual que los caracoles manzana( erroneamente prohibidos por haberlos confundido con otra especie, pero que están prohibidos al fin y a la postre). En Milamnuncios encuantras de todo, hasta gambas de agua dulce autóctonas, y protegidas, que venden muchos desaprensivos.

Ya me habías asustado, hace poco compre una ludwigia palustris pero según he leído la palustris es la única no prohibida.
#24
Muchas gracias por mostrar este tema... nos ponemos en contacto con Pzes para ver si es posible que nos dé una explicación al respecto -good.gif
#25
Muchas gracias a vosotros, esperemos que se solucione y aclare el tema, estoy un poco decepcionado debido a que era una tienda a la que tenía unas ganas enormes de ir, estuve disfrutando como un enano viendo los plantados que tienen y al llegar a casa me contáis esto pues..
#26
Yo he ido algunas veces allí, algunas de ellas con un problema, y me han asesorado siempre muy bien.

La verdad es que estoy bastante extrañado con lo que ha ocurrido. A ver qué explicación tiene...
#27
Hola a todos, soy Jorge. Os escribo rápido que me ha avisado Ezequiel del tema y os explico.

Por un lado deciros que la variedad real como nos viene es Salvinia auriculata, inicialmente en la web se ha dado de alta como Salvinia natans / auriculata que es la que yo conocía y así se quedó. En la factura de este cliente debe figurar exactamente así. Por lo que es un error totalmente mío y lo solucionaré.

En cualquier caso se ha parado la venta a la espera de que tenga confirmación oficial de que la variedad Salvinia auriculata si es legal.

Un saludo disculpar las molestias ocasionadas,
Jorge
#28
Pues la penultina no es una Alejandra? Creo que esa especie no es invasiva ni prohibida. Hace dos años tuve una y era asi. Si no me equivoco.
#29
El ticket acabó de buscarlo y no lo tengo, pero os puedo decir la hora, día y los artículos comprados para que lo encontréis, lo que me gustaría saber es que debo de hacer yo ahora con la planta :/
#30
(30-01-2018, 10:40 PM)Pzes escribió: Hola a todos, soy Jorge. Os escribo rápido que me ha avisado Ezequiel del tema y os explico.

Por un lado deciros que la variedad real como nos viene es Salvinia auriculata, inicialmente en la web se ha dado de alta como Salvinia natans / auriculata que es la que yo conocía y así se quedó. En la factura de este cliente debe figurar exactamente así. Por lo que es un error totalmente mío y lo solucionaré.

En cualquier caso se ha parado la venta a la espera de que tenga confirmación oficial de que la variedad Salvinia auriculata si es legal.

Un saludo disculpar las molestias ocasionadas,
Jorge

Hola!

El catálogo de especies invasoras no distingue entre especies de salvinia. Aquí tienes el enlace al Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras y, en su página 18, aparece Salvinia spp. incluida en el catálogo.

Un saludo

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